El Delito de Acoso
El delito de acoso, Stalking, viene definido en el Código Penal en el artículo 172. Ter, siendo introducido mediante la reforma operada por la Ley Orgánica 1/2015, considerándolo como una variante del delito de coacciones y con la intención de ofrecer respuesta a conductas de gravedad que, en muchas ocasiones, no podían ser calificadas como de coacciones o amenazas.